Análisis de las Metodologías Fiscales y Financieras para el Ajuste por Inflación Establecidas en la Ley de I.S.L.R y la DPC 10


Los Estados Financieros se ven afectados por el creciente ritmo de la inflación, por lo que la Federación de Colegio de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV), ha elaborado normas para regular la presentación de la información financiera, al igual que el Estado Venezolano a través de la ley de Impuesto Sobre La Renta estableciendo una normativa para incorporar los efectos de la inflación, sin embargo estas dos modalidades presentan resultados diferentes puesto que la DPC 10 busca medir la eficiencia de la empresa a través de la gerencia, mientras que la ley de I.S.L.R sólo busca producir un efecto en la renta gravable del contribuyente sin importar si este es eficiente o no con el manejo de la inflación y a pesar de que ambas luchan por el mismo objetivo se mantienen perspectivas distintas debido a que la Federación busca a través del ajuste financiero el control inflacionario y por su lado la Ley de Impuesto sobre la Renta lo busca a través del ajusta fiscal.
El impacto que ha venido presentando durante los últimos años el efecto inflacionario en nuestro país, ha dejado vacíos al momento de utilizar los Estados financieros como herramienta básica para la toma de decisiones, puesto que las cifras han variado de manera significante en los últimos periodos por lo que resulta difícil emplear también la técnica de comparabilidad con periodos anteriores , con esta situación la Federación de Colegio de contadores Públicos de Venezuela, emitió la norma de presentar dichos Estados ajustados por efectos de la inflación conocida como la DPC 10 sustentada en las normas internacionales de contabilidad número 29 (NIC 29), de igual manera el Gobierno por su parte incluye los efectos de la inflación como corrección monetaria para ajustar la renta gravable, es decir realizar ajustes fiscales que impidan la violación de los principios tributarios y constitucionales.
De ahí surge el análisis del autor al hacer referencia de que por cualquiera de las dos vías es válido realizar el ajuste por inflación ya sea la establecida por la Ley de I.S.L.R (Fiscal) , a través de dos fases la primera el ajuste inicial y una vez realizado este el ajuste regular o la establecida por la FCCPV , la DPC 10 (Financiera), que contiene dos métodos para corregir el problema de la distorsión de la información financiera, conocidos como el Nivel General de Precios y el método Mixto y ambos conducen a resultados distintos que pudiesen afectar la toma de decisiones (pago de dividendos, etc.). Ambos ajustes, financiero y fiscal presentan ventajas y desventajas que quedan a juicio de quien aplica la norma realizar el ajuste por inflación de acuerdo a su criterio.
"Para triunfar en la vida, no es importante llegar el primero. Para triunfar simplemente hay que llegar, levantándose cada vez que se cae en el camino."

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